El contrato en prácticas nos ha acompañado durante bastante tiempo, pero es cierto que se ha ido adaptando al contexto que le ha tocado vivir.

Con la reforma de 2022, el RD-ley 32/2022 cambia el nombre a Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional.

El contenido del contrato se debe especificar en un período de 10 días ante el SEPE y darse de alta de acuerdos a los procedimientos establecidos.

Una de las grandes preocupaciones en nuestro país ha sido conseguir que la gran cualificación teórica de nuestros jóvenes llegara a plasmarse en el mundo laboral.

Debido a un sistema educativo con una falta de visión práctica, muchos jóvenes encuentran problemas para encajar en su nicho de mercado.

El contrato formativo tiene una relación coste-oportunidad ideal para ambas partes.

 

Está pensado para menores de 30 años, los cuales buscan su primera experiencia laboral tras completar el 100% de la parte académica.

Por supuesto, el empleador debe garantizar que la persona en prácticas reciba la formación requerida invirtiendo los recursos necesarios para ello.

El trabajador no solo recibe todo el aprendizaje, sino que es remunerado con un 60-75% del sueldo respecto al sueldo de un cargo equivalente.

contrato en prácticas

El contrato en prácticas permite al empresario una mayor flexibilidad a la hora de contratar y ahorra costes mensuales o de indemnizaciones.

Además, durante la vigencia de este tipo de contrato formativo, las empresas contribuyen de forma reducida a la Seguridad Social.

Igualmente, si el puesto de trabajo se consolida y el trabajador acaba formando definitivamente parte de la empresa, se bonifica también.

Estas ventajas tienen como fin lograr una formación real en la que todas las partes involucradas se sientan motivadas a unir sus caminos.

El contrato en prácticas debe formalizarse en un máximo de 3 años tras la finalización de estudios (5 en caso de discapacidad).

 

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