Como hemos comentado en anteriores entradas, el control laboral está enmarcado actualmente dentro del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores.

Dicho control obliga a mantener un registro de asistencia obligatorio para todos los empleados de la empresa, ahorrando costes a la compañia.

El seguimiento correcto ahorra recursos que pueden ser destinados a otras áreas de la organización, lo cual redunda en una mayor eficiencia.

¿Alguien está exento del cumplimiento del control laboral?

La normativa establece algunas excepciones a la hora de su ejecución para colectivos especiales, algo que trataremos más adelante.

En cuanto a los que tienen una relación contractual con la empresa, esta norma va dirigida prácticamente a todas las capas de la empresa.

Ningún grupo o categoría en régimen habitual queda al margen de dicha aplicación, sin ello ser un impedimento para casos particulares mencionados más adelante.

Los trabajadores que disfrutan de un régimen de teletrabajo u otras clases de movilidad o flexibilidad horaria también deben ser partícipes del control laboral y fichar por los medios habilitados.

control laboral

Como decíamos, sí hay colectivos especiales que por su tipo de trabajo no entran dentro de los mismos parámetros a la hora de fichar.

En primer lugar, los cargos de confianza y de alta dirección no tienen la obligación de fichar, al igual que aquellos empleados con acuerdo previo de libre disponibilidad.

En segundo lugar, tampoco es de aplicación para empleados de sectores como el transporte de mercancías en sus distintas modalidades.

Por último, todos aquellos que no estén presentes dentro del Estatuto de Trabajadores tampoco se rigen por el mismo tipo de control.

Los trabajadores autónomos o pertenecientes a cooperativas, por tanto, no llevan el mismo registro de control horario que el resto.

Especial interés tiene la relación contractual cuando hay una ETT o empresa subcontratada de por medio, pero no hay discusión al respecto.

La ETT es la que tiene que hacerse cargo del control horario completo mientras el trabajador esté contratado, al margen de ejercer la actividad para un tercero.

¿Cuál es la mejor forma de cumplir el control horario?

La mejor solución a nivel empresarial es contar con un equipo profesional que controle y asesore a tu empresa en todo aquello que necesite.

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